69 /. Declaración de la Reunión de alto nivel de la Asamblea General: La Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas
La Asamblea General
Adopta, el documento final de la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General, conocida como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas.
Declaración de la Reunión de Alto Nivel de la Asamblea General: La Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas
Nosotros, los Jefes de Estado y de Gobierno, los Ministros y representantes de los Estados Miembros, en un espíritu de cooperación con los pueblos indígenas del mundo, reunidos en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York en los días 22 y 23 de septiembre de 2014, con motivo de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, para reiterar el papel importante y continuo de las Naciones Unidas en la promoción y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas. Damos la bienvenida a la contribución de los Pueblos Indígenas a la Conferencia Mundial en cuanto a la articulación de los temas de mayor importancia para ellos, tal como se establece en el Documento Final de Alta1 que emana de la Conferencia Mundial Preparatoria Indígena para la Conferencia Mundial sobre los PueblosIndígenas, celebrada en Alta, Noruega en junio de 2013. También observamos el proceso preparatorio incluyente para esta Reunión Plenaria de Alto Nivel, incluyendo la participación integral de los representantes de los pueblos indígenas en todas las consultas.
1. Reafirmamos nuestro compromiso solemne de promover y fomentar los derechos de los pueblos indígenas ya establecidos en las normas y estándares internacionales de derechos humanos universalmente acordadas, incluida la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que establece las normas mínimas para la supervivencia, dignidad y el bienestar de los Pueblos Indígenas del mundo.
2. Recordar otros importantes logros de las últimas dos décadas en la construcción de un marco internacional para la promoción de los derechos y aspiraciones de los pueblos indígenas del mundo, entre ellos el establecimiento del Foro Permanente sobre las Cuestiones Indígenas, la creación de un Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y el nombramiento de un Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos indígenas y comprometemos a dar seguimiento a las
recomendaciones y dictámenes remitidos por estos organismos.
3. Reafirmar que los pueblos indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos e individuos y tienen derecho a ser libre de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos.
I
4. Comprometer con las acciones dirigidas a la interpretación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas a la legislación nacional, y para promover el conocimiento de la misma entre todos los sectores de la sociedad, especialmente el poder judicial, los parlamentarios, los funcionarios electorales, los educadores y la administración pública.
5. Armonizar nuestras constituciones y leyes, donde sea relevante, para reconocer y proteger los derechos de los pueblos indígenas, de conformidad con las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
6. Invitar a los gobiernos que no lo hayan hecho, a ratificar el Convenio N º 169 de la OIT sobre los Pueblos Indígenas y Tribales.
7. Alentar a los Gobiernos a elaborar planes de acción nacional estrategias dedicadas a la aplicación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
8. Reconocer que los mecanismos judiciales de los pueblos indígenas pueden desempeñar un papel positivo en la resolución de controversias y contribuir a las relaciones armoniosas entre las comunidades de los pueblos indígenas y la sociedad en consonancia con las normas internacionales de derechos humanos. Todas las personas indígenas deben disfrutar de un acceso pleno y equitativo a estos mecanismos de justicia.
9. Comprometer con la coordinación y el diálogo con las instituciones de justicia de los pueblos indígenas con el fin de mejorar el acceso a la justicia para los pueblos indígenas, en particular los indígenas con discapacidad y las mujeres y las niñas indígenas, así como la mejora de las campañas de sensibilización de justicia, incluidos los dirigidos a los hombres y los niños.
10. Reconocer la necesidad de habilitar y empoderar a los pueblos indígenas para hacer frente de manera más eficaz todas las formas de violencia contra las mujeres indígenas, los jóvenes y los niños, en particular la violencia sexual y doméstica, la trata de blanca y la violencia relacionada con las industrias extractivas.
11. Comprometer a trabajar, con el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, para desglosar los datos basados en la identidad indígena, incluyendo en nuestros censos de población y de vivienda. Esto tendría como objetivo ayudar a elaborar y aplicar las políticas públicas y la legislación que se ocuparía mejor de la situación de los ancianos indígenas, mujeres, jóvenes, niños y personas con discapacidad.
12. Comprometer a desarrollar mecanismos justos, transparentes y eficaces, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, para permitir el acceso y / o la repatriación de objetos de ceremonia y de los restos humanos.
II
13. Solicitar al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, la posibilidad de recomendar a la 71 ª sesión de la Asamblea General las formas posibles para evaluar con mayor eficacia y mejorar la aplicación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
14. Alentar a los órganos de Tratados de Derechos Humanos a que consideren incluir en sus deliberaciones las disposiciones pertinentes de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y enfocar la atención sobre su aplicación.
15. Insta al sistema de las Naciones Unidas apoyar las consultas nacionales y regionales y mecanismos de cooperación con los pueblos indígenas, de conformidad con las Directrices del Grupo de Desarrollo de las Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas para garantizar la aplicación de las prioridades y los derechos de los pueblos indígenas.
16. Recordar la Resolución de la Asamblea General sobre las instituciones nacionales de promoción y protección de los Derechos Humanos y dar la bienvenida al papel cada vez más importante de las instituciones nacionales de derechos humanos3 en la promoción y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y fomentar su papel activo en la promoción de la aplicación de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos indígenas.
17. Solicitar al Secretario General, con el apoyo del Grupo de Apoyo Interinstitucional de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas, y con los pueblos indígenas, los Estados miembros y otras partes interesadas, para desarrollar un proyecto de plan de acción para todo el sistema enfocado en las siguientes áreas prioritarias:
(a) Erradicación de la pobreza;
(b) La violencia contra las mujeres y los niños indígenas;
(c) El derecho a la comunicación;
(d) La interculturalidad de la salud y la educación;
(e) Ocupaciones, medios de vida, emprendimiento;
(f) El desglose y los indicadores de datos;
(g) Establecimiento de grupos de apoyo interinstitucionales a nivel nacional;
(h) las personas indígenas con discapacidad;
(i) Fortalecimiento de los mecanismos de protección de derechos humanos.
18. Invita al Secretario General a considerar el nombramiento de un Alto Representante para los Pueblos Indígenas, en el nivel adecuado, para dar a conocer el plan de acción propuesto, después de su adopción, y movilizar el apoyo para su posterior implementación.
19. Solicitar al Secretario General, tomando en cuenta las áreas prioritarias antes mencionadas, en particular, la violencia contra las mujeres y los niños indígenas, para asignar la responsabilidad a la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer, para examinar las causas y las consecuencias de esta dimensión de la violencia.
20. Basando en el informe del Secretario General sobre los medios de promover la participación en las Naciones Unidas de los representantes de los pueblos indígenas sobre las cuestiones que les afectan, y las propuestas que contiene, solicita alSecretario General que considere la elaboración de propuestas concretas relativas a la participación de los gobiernos de los pueblos indígenas en las Naciones Unidas.
21. Solicita a la Junta Ejecutiva del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, en consulta con los pueblos indígenas y los Estados miembros, para hacer las cuestiones de los pueblos indígenas un enfoque de su Informe sobre Desarrollo Humano a más tardar en 2018.
III
22. Comprometer a establecer, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, mecanismos justos, independientes e imparciales, abiertos y transparentes, reconociendo debidamente las leyes, tradiciones, costumbres de los pueblos indígenas y los sistemas de tenencia de la tierra, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos, incluyendo aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado. Dichos mecanismos deben estar debidamente autorizados por los órganos judiciales facultadas para resolver las disputas sobre tierras, territorios y recursos tomadas sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso.
23. Comprometer a definir, con el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, los programas y recursos para apoyar a las ocupaciones tradicionales de los pueblos indígenas, las economías y medios de vida locales y diversas, actividades tradicionales de subsistencia y la seguridad alimentaria.
24. Comprometer a desarrollar y poner en práctica con los pueblos indígenas, los mecanismos de consulta nacional sobre la base de las normas de derechos humanos, que son culturalmente apropiados y flexibles y pertinentes para la promoción del derecho al consentimiento libre, previo e informado y que, en particular, están dirigidos a respetar las tierras, territorios, recursos, los océanos y las aguas de los pueblos indígenas.
25. Comprometer a examinar, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, las implicaciones negativas de la extracción de recursos, a fin de incorporar los derechos de los pueblos indígenas según el derecho internacional, incluido el respeto por el principio del consentimiento libre, previo e informado.
26. Afirmar y reconocer el derecho a la protección, conservación y restitución de los lugares sagrados, sitios y paisajes culturales, y cooperará con los pueblos indígenas a establecer procedimientos y mecanismos que promuevan de manera efectiva la aplicación de estos derechos.
27. Comprometer a promover el desarrollo de mecanismos de revisión y protocolos para asegurar que el sector privado mantiene los principios de la buena gobernanza y las normas contenidas en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de Los Pueblos Indígenas.
IV
28. Comprometer a dar la debida consideración a los derechos de los pueblos indígenas en la elaboración de la agenda de desarrollo post-2015 y de integrar la promoción y protección de estos derechos en la agenda del desarrollo en los planos nacionales, regionales e internacionales.
29. Reconocer la experiencia y el conocimiento acumulado por los pueblos indígenas con respecto a asegurar el desarrollo sostenible, a través de la caza, la recolección, el pastoreo, la agricultura a pequeña escala y la agricultura y un llamado a todos los actores para compartir sus experiencias en la formulación del marco de desarrollo post-2015.
30. Reconocer el papel de los conocimientos y las estrategias tradicionales de los pueblos indígenas, así como la manifestación de sus ciencias, tecnologías y culturas en el mantenimiento de la capacidad de recuperación en el desarrollo de todas las políticas, normas y medidas nacionales e internacionales sobre la prevención, la adaptación y la mitigación del cambio climático.
31. Comprometer a proporcionar, con la participación plena, equitativa y efectiva de los pueblos indígenas, los recursos necesarios que permitan el empoderamiento de los pueblos indígenas en la entrega y en el acceso a la alta calidad y una educación culturalmente adecuada, la salud, incluida la salud mental, y la vivienda para mejorar el bienestar de los pueblos indígenas.
32. Reafirmar que los jóvenes indígenas son iguales a todos los otros jóvenes y apoyaremos los programas de los pueblos indígenas para fortalecer la capacidad de los jóvenes indígenas, incluyendo la transmisión de los conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas, así como los idiomas.
33. Instar a los Estados Miembros a que cese la militarización de las tierras, territorios, aguas y océanos de los pueblos indígenas e iniciar procesos de desmilitarización de estas áreas. Deben adoptarse medidas especiales para garantizar la protección de los ancianos, las mujeres, jóvenes, niños y personas con discapacidad, en particular en el contexto de los conflictos armados.
V
34. Proclamar el Tercer Decenio Internacional de las Pueblos Indígenas del Mundo, que comenzará el 1 de enero de 2015, y decide que el objetivo del Tercer Decenio será la cooperación internacional para la aplicación efectiva de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
35. Invitar al Secretario General a considerar la asignación de la responsabilidad de la coordinación del Tercer Decenio Internacional al Alto Representante propuesto para los Pueblos Indígenas.
36. Invitar a los Estados miembros y al sector privado por igual a contribuir al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas, el Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas sobre las Cuestiones Indígenas y la Alianza de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas como medio de promoción de los derechos de los pueblos indígenas en todo el mundo.
37. Solicitar al Secretario General que, en coordinación con todas las entidades pertinentes de las Naciones Unidas, incluir información sobre los progresos realizadosraducción no oficial en la aplicación de este documento de resultados en los informes sobre cuestiones relativas a los pueblos indígenas, y para hacer recomendaciones, según proceda, para concretar y tomar otras medidas para aplicar el presente documento final en el contexto de la agenda de desarrollo más allá de 2015.
38. Solicitar a la Asamblea General que incluya un enfoque específico sobre los pueblos indígenas en su informe final sobre la realización de los objetivos de desarrollo del milenio.
39. Solicitar al Secretario General que informe a la 70 ª sesión de la Asamblea General sobre los progresos hacia la implementación de este documento final.